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¿Qué sucede con las redes sociales cuando alguien fallece?

En la actualidad, las redes sociales están fuertemente arraigadas en nuestro día a día. Las usamos como un diario digital en el que vamos compartiendo fotos y videos de nuestras experiencias. Sin embargo, ¿qué sucede con nuestras redes sociales cuando morimos?

Hay muchas decisiones que se deben tomar cuando un ser querido muere. Por eso, con este artículo, queremos ayudarte con lo que hoy es una problemática más, las redes sociales. Vamos a explicar, qué es un testamento digital, cómo es el proceso en las principales redes sociales o cómo borrar la presencia digital de una persona fallecida.

 

¿Qué es un testamento digital?

Es un documento en el que dejamos instrucciones sobre qué hacer con nuestra presencia online después de fallecer. Decidir si la queremos eliminar, conservar o cederla a una persona de nuestra confianza. Además, recogerá las claves para acceder a todos los recursos digitales con información personal, es decir, a nuestra huella digital. Es firmado ante notario, al igual que hacemos con el testamento normal.

Este derecho, viene regulado en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Tipos de testamento digital 

Según su contenido existen dos tipos:

  • Testamento de emergencia: Para el acceso a información delicada y relevante de forma rápida.
  • Testamento detallado: En este caso hablamos de un documento mucho más extenso que recoge desde las contraseñas, perfiles en redes sociales, cuenta del banco…

 

Proceso para hacer tu testamento digital 

  1. Para empezar, deberemos reunir la información de todos nuestros recursos digitales.
  2. Hay que decidir si queremos eliminar o conservar esa información.
  3. Elegir a la persona que se haga cargo de que se cumpla nuestro testamento.
  4. Dejar todo por escrito ante notario.

Por último, queremos aclarar que, aunque no haya testamento digital, los familiares del fallecido tendrán derecho a actuar en las cuentas digitales si no existe oposición expresa de la persona fallecida en su testamento, tal como regula la ley mencionada.

 

¿Qué pasa con las redes sociales cuando alguien fallece? 

Evidentemente, nuestra huella digital se extiende más allá de las redes sociales. Pero en este artículo, queremos describir como actúa cada una de ellas cuando alguien fallece, dado que cada red social presenta políticas diferentes. Eso sí, coinciden en que todo aquel que no posea las claves de tu cuenta no puede acceder. Por esto, la importancia del testamento digital.

 

Facebook 

Esta red social te da dos opciones, convertir la cuenta en conmemorativa o eliminarla.

¿Qué pasa cuando convertimos una cuenta en conmemorativa? Facebook nos dice que una página conmemorativa es un lugar de encuentro, entre familiares y amigos, para compartir recuerdos de la persona que ha fallecido. También nos resalta que es segura, dado que nadie puede iniciar sesión en ella. Además, junto al nombre aparecerá la palabra “en memoria”, el contenido que compartió la persona mientras vivía seguirá estando en su perfil, no aparecerá en “Personas que quizás conozcas” y no habrá recordatorio del cumpleaños. Y aparece la figura de contacto de legado, que será la persona encargada del perfil. La eliminación es más sencilla. Un familiar (o la persona que hayas designado para que se encargue de esto) manda una solicitud a Facebook, acredita la muerte y Facebook borrará toda la presencia de la persona fallecida en la red social.

 

Instagram 

Funciona de forma muy parecida a Facebook, dado que pertenecen a la misma empresa. Instagram, permite la gestión de una persona designada por el titular de la cuenta para la gestión de esta. Los perfiles conmemorativos indicarán que el titular de la cuenta ya no está con la misma etiqueta que Facebook “En memoria”.

Si lo que queremos es eliminarla, hay que ponerse en contacto con la red social y acreditando el fallecimiento con el certificado de defunción, se procede a la eliminación.

 

Twitter/X 

Como las anteriores no permite el acceso a la cuenta a terceras personas sin la clave. Pero, mediante una solicitud, se puede eliminar la cuenta. La persona que haya sido designada para esto puede solicitar a X que elimine la cuenta, incluso todo el contenido donde salga la persona fallecida, siempre y cuando se cumplas algunas normas (como que el contenido sea ofensivo).

 

El derecho al olvido 

Nos parece importante mencionar esta opción. Dado que nuestra huella digital no es solo nuestra actividad en las redes sociales.

 

¿Qué es el derecho al olvido? 

Podemos definir el derecho al olvido, como el derecho a impedir la difusión de datos personales a través de los buscadores de internet y que no cumplan con lo que dice la normativa en materia de protección de datos.

Este derecho lo puede ejercer la persona física cuyo tratamiento de datos personales haya sido de forma ilícita, esté obsoleta o ya no tenga relevancia, aunque la fuente sea legal.

Dicho esto, esto no significa que los datos desaparezcan de internet, lo que conseguimos con esto es que no se muestre en los buscadores de internet.

 

¿Y si la persona ha fallecido? 

Como en el caso de las redes sociales, la persona designada para gestionar la huella digital del fallecido pues solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos de la persona fallecida.

Todos sus datos quedan en internet para siempre, incluso después de su muerte. Es muy importante que cuidemos nuestra vida digital tanto con la física y al fallecer, designar a una persona de nuestra confianza que se encargue de nuestra voluntad digital. Al final, con todos estos consejos podemos evitar alguna estafa con nuestros datos.

Si necesitas más información o quieres contratar nuestro seguro de decesos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

 

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